miércoles, 2 de septiembre de 2015

PORTALES EDUCATIVOS

Desde el curso 2011/2012 la Consejería de Educación ha apostado por los portales educativos como herramienta eficaz para acercar a la comunidad educativa diferentes recursos, materiales o publicaciones. Supone aceptar el reto de aprovechar las tecnologías de la información y la comunicación para mejorar la calidad educativa y rentabilizar mejor los recursos.

Los nuevos Portales Educativos, alojados en la página web de la Consejería de Educación, ponen a disposición del profesorado, de las familias y de la ciudadanía en general, publicaciones, recursos, normativa y enlaces de interés en diversos ámbitos de la Educación y sirven de complemento a los distintos programas que se desarrollan.

Actualmente están a disposición de los centros educativos los siguientes portales:

martes, 1 de septiembre de 2015

Becas y ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo


Datos generales:

  • Descripción:Ayudas para cursar estudios reglados de enseñanza en niveles obligatorios y postobligatorios detallados en la convocatoria.
  • Modalidades:
    • Ayudas y subsidios para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta.
    • Ayudas para programas complementarios a alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a altas capacidades.
  • Destinatarios:Alumnos escolarizados en centros educativos españoles, que acrediten la necesidad específica de recibir apoyo educativo y reúnan los requisitos establecidos
  • Requisitos:
    •  Generales: acreditar la necesidad específica de apoyo educativo, de acuerdo con lo requerido en las bases de la convocatoria para distintas situaciones y tipos de ayuda a conceder
    •  Económicos
  • Dotación:La cuantía a conceder tendrá distintos componentes, en función de los requisitos y circunstancias del solicitante
  • Plazo de presentación
    • Desde: 02 de agosto de 2015
    • Hasta: 30 de septiembre de 2015
    • Plazo de presentación abierto
       
  • ¿Cómo realizarlo?:A través de la página web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte mediante formulario on-line, que debe ser imprimido, cumplimentado y presentado en el centro de estudios.

Convocatoria:

Solicitud:

  • Documentación requerida:
    • Para acreditar los requisitos generales: Alguno de los tres siguientes documentos:
      • Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
      • Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente (el formulario genera el modelo)
      • Certificado de discapacidad.
    • Para acreditar, en su caso, la necesidad de recibir ayuda para reeducación pedagógica y del lenguaje: informe específico del equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación según los modelos que genera el formulario, certificación expedida por el inspector de zona o del equipo de orientación dependiente de las administraciones educativas y certificación acreditativa del coste del servicio expedida por el centro que lo presta (según el modelo que genera el formulario).
    • Para acreditar las circunstancias que dan derecho a deducción de la renta (familias numerosas, discapacidad calificada, etc.), presentará también documentación acreditativa según el caso: fotocopia del carnet de familia numerosa, del libro de familia, del certificado de discapacidad, de la pensión de orfandad, etc.
  • Lugar de entrega:Solicitantes con certificado reconocido de firma electrónica: a través del registro telemático del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
    Solicitantes sin certificado reconocido de firma electrónica: imprimirán el modelo de solicitud y lo presentarán, una vez firmado, en el centro educativo en que se van a realizar los estudios en el curso 2015/2016.
     

Más información sobre este trámite o servicio:


 

Novedades en la solicitud de las ayudas de educación especial




Para este curso escolar  2015-2016 como novedad de acuerdo con los dos últimos apartados de los artículos 7.6 y 8.2 de la convocatoria las solicitudes que contengan petición de las ayudas de reeducación pedagógica o del lenguaje y altas capacidades deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

- Informe específico del equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación en el que se detalle la asistencia educativa que se considere necesaria para su corrección, la duración previsible de la misma y las condiciones que garanticen su prestación.

- Memoria expedida por el centro o reeducador que preste el servicio en la que conste información detallada de las características del mismo, incluyendo horas semanales y especialista que lo presta así como del coste mensual. A los efectos de la determinación de la cuantía de la ayuda a conceder, se considerará, como máximo, el coste devengado durante los 10 meses del curso escolar.

Esta modificación normativa ha tenido como consecuencia que el modelo de solicitud que se pone a disposición de las personas solicitantes tenga dos novedades en los apartados B y D que afecta al contenido de las certificaciones que tienen que expedir tanto los equipos de orientación educativa como los gabinetes o profesionales que presten los servicios.

Apartado B) de la solicitud: Informe Especifico del Equipo de Orientación Educativa.

Este apartado B), que debe cumplimentarse en su totalidad, puede, a su vez, dividirse en tres subapartados:
- Certificación de escolarización, de la necesidad de apoyo educativo en cualquiera de sus cinco modalidades y de la necesidad de recibir apoyo educativo en alguna de las tres modalidades.

- Informe específico donde se debe describir la asistencia o servicio que se considere necesario para atender a las necesidades que presente el alumnado.

- Duración previsible de la asistencia o de la necesidad del servicio.

Por un lado, los apartados primero y el tercero deben ser cumplimentados directamente en el formulario de solicitud tal y como se venía haciendo en convocatorias anteriores. Por otro, el apartado segundo donde se encuentra la nueva sección titulada 'Informe Específico' debe ser cumplimentado por los Equipos de Orientación Educativa y Departamentos de Orientación dependientes de la Consejería de Educación, utilizando para ello un modelo que se pone a disposición en la siguiente ruta del Portal de Becas y Ayudas de la Consejería de Educación: Educación Especial → Solicitud e Impresos → Impresos → Informe específico descripción asistencia becas NEE.

 
Apartado D) de la solicitud: Certificación del gabinete, centro o reeducador que realiza la prestación del servicio.

Este apartado D), que debe cumplimentarse en su totalidad, puede, a su vez, dividirse en tres subapartados:

- Certificación del tratamiento, en alguna de las tres modalidades, que va a recibir el alumnado, así como la cuantía mensual.

- Informe (memoria) específico donde se debe describir la asistencia o servicio que se va a prestar al alumnado en relación con las necesidades que se hayan descrito en el informe del apartado B).

- Duración previsible de la asistencia o de la necesidad del servicio.

Por un lado, los apartados primero y el tercero deben ser cumplimentados directamente en el formulario de solicitud tal y como se venía haciendo en convocatorias anteriores. Por otro, el apartado segundo donde se encuentra la nueva sección titulada 'Memoria' debe ser cumplimentado obligatoriamente por el reeducador, gabinete o centro que presta el servicio. Para ello, sería conveniente que este informe/memoria recoja de forma detallada las características principales del servicio a prestar (contenidos, objetivos, recursos, metodologia, actividades, agrupaciones y seguimiento).

Las solicitudes que no incluyan estos informes y memorias específicos completos podrán entenderse que no contienen la documentación necesaria para valorar la concesión de ayudas de reeducación pedagógica y del lenguaje y altas capacidades.

El objetivo de todo lo expuesto es facilitar el estudio de este tipo de solicitudes de manera que se pueda observar la coherencia y adecuación entre la asistencia educativa que se considere necesaria por parte de la administración educativa para corregir la necesidad educativa de apoyo educativo del alumnado en cuestión y la prestación del servicio que realice el reeducador, gabinete o centro.


    jueves, 2 de julio de 2015

    Ya se pueden solicitar las ayudas para el B1

    Se convoca, para el curso académico 2014/2015, en régimen de concurrencia no competitiva, la concesión de las ayudas previstas en la Orden de 19 de junio de 2015, para promover y garantizar la igualdad de acceso al alumnado universitario con dificultades económicas en la adquisición y acreditación de las competencias lingüísticas exigidas para la obtención de los títulos de Grado o Máster.
    Requisitos. Estar cursando estudios universitarios de Grado o Máster. Ser beneficiario del Plan General de Becas del Ministerio de Educación,Cultura y Deporte. Haber obtenido la acreditación en competencias lingüísticas.
    Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días desde el día siguiente al de publicación de esta Resolución el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Podrán solicitarse entre el 1 y el 20 de julio, ambos inclusive.
    Cuantía. La ayuda, que evitará la exclusión del sistema universitario andaluz por razones económicas, cubrirá costes administrativos y formativos con un máximo de 300 euros por beneficiario. Esta cuantía equivale a la media de los gastos de matrícula y el curso de formación necesario para la obtención del título del nivel B1.
    Solicitudes. Las solicitudes, dirigidas a la persona titular de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, deberán formularse conforme al modelo aprobado como Anexo I, que se publica conjuntamente con la presente Resolución.

    jueves, 25 de junio de 2015

    FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA



    Aunque aún no ha sido publicada en BOJA la Orden que regulará para el curso próximo la Formación Profesional Básica (Orden de 9 de junio de 2015), ya está disponible en el Portal de Escolarización, en el apartado de FPB, así como los documentos de solicitud, matrícula, reserva o vinculación de centros con transporte.

    Es muy interesante leer el apartado de las preguntas frecuentes

    viernes, 19 de junio de 2015

    Publicación de la guía ENTIÉNDEME, ENSÉÑAME‏

    Las Consejerías de Igualdad, Salud y Políticas Sociales y de Educación, Cultura y Deporte, en colaboración con el Observatorio de la Infancia de Andalucía han elaborado La Guía Entiéndeme, enséñame (Guia para la atención educativa al alumnado en situaciones de acogimiento familiar, adopción y acogimiento residencial), que pretende ser un instrumento de ayuda para el profesorado y nace del convencimiento de la importancia y el valor del trabajo que desde los centros educativos se realiza, del potencial que éstos representan en el empeño de que todo el alumnado reciba la mejor atención posible en el marco de un sistema educativo inclusivo. Sensibilizar a la comunidad educativa andaluza acerca de la realidad de estos menores, ayudando a entender sus necesidades y capacidades y contribuir a su mejor integración y facilitar el trabajo educativo son algunos de los objetivos a los que se pretende contribuir con la publicación de esta guía.

    Dado que ésto sólo puede hacerse desde la comprensión y el entendimiento de la realidad, circunstancias y experiencias que estos niños y niñas han vivido, la Guía Entiéndeme, enséñame comienza con algunas historias representativas que ilustran situaciones que suceden en los centros educativos con menores que han sido adoptados o están en acogimiento, como una manera de acercar y ofrecer una nueva visión de su realidad.

    Tras ofrecer una breve caracterización de las diferentes medidas de protección a la infancia, se detiene en cuestiones que se consideran claves para entender a estos niños y niñas: sus experiencias, capacidades y potencialidades, su desarrollo y adaptación, sus problemas y dificultades e incluso las expectativas que se tienen sobre ellos.

    Esta Guía trata de concretar actuaciones, medidas y decisiones que pueden ser la respuesta desde el ámbito educativo a las circunstancias especiales de estos menores, que por una parte, facilitarán el trabajo en el aula y, por otra, pueden ser generadoras de experiencias positivas, tan necesarias para estos niños y niñas.

    La guía está disponible en el siguiente enlace