miércoles, 9 de mayo de 2012

Protocolo de Actuación para el alumnado con problemas o trastornos de conducta y por trastorno por déficit de atención con o sin hiperactividad

Tomado de http://sanamente.com/hiperactividad-y-tabaquismo/
INSTRUCCIONES de 20 de abril de 2012, de la Dirección General de Participación e Innovación Educativa, por la que se establece el prococolo de actuación y coordinación para la detección e intervención educativa con el alumnado con problemas o trastornos de conducta y por trastorno por déficit de atención con o sin hiperactividad.

En estas instrucciones podemos encontrar:

OBJETO: Establecimiento del protocolo básico de actuación y coordinación.

ALUMNADO DESTINATARIO: Alumnado de primaria y secundaria que cumpla las características que se recogen.

DETECCIÓN E INTERVENCIÓN INICIAL:

1. Cualquier miembro del equipo docente o las familias, si detectan los síntomas.
2. Se podrán aplicar las medidas recogidas en la orden del 25 de julio de 2008 sobre atención a la diversidad.
3. Así mismo se podrán aplicar las medidas recogidas en la orden del 20 de junio de 2001 sobre promoción de la convivencia en los centros.
4. Para la selección y aplicación de estas medidas se contará con el asesoramiento del orientador/a.

EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA:

1. Si pasados 6 meses de la aplicación de las medidas anteriores el orientador/a considera necesario se realizará na evaluación psicopedagógica, previa autorización de la familia. Este periodo de seis meses puede ser reducido si se considera que los síntomas del alumnado son graves.

2. Si se estima oportuno, se solicitará un dictamen de escolarización.

COMPATIBILIDAD CON TRASTORNOS GRAVES DE CONDUCATA O DÉFICIT DE ATENCIÓN CON O SIN HIPERACTIVIDAD:

1. El orientador/a podrá trasladar el caso, previo consentimiento informado a la familia, a los servicios médicos especializados.

2. Esta derivación se hará a través de la familia y acompañado de un informe de derivación conforme al anexo I.

3. Si la familia no da su consentimiento se seguirán una serie de pasos.

4. Los servicios médicos devolverán al orientador/a un informe sobre su valoración y tratamiento a través de la familia, para que el centro educativo lo incluya en su expediente.

5. Los orientadores trasladarán la información a la delegación de educación para que lo pongan en conocimiento del EOE especializado.

SEGUIMIENTO DE LAS MEDIDAS ADOPTADAS:

Se diseñarán incluyendo a todos los implicados.


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